Quieren ser una experiencia de familia y de hogar compartido, donde cada participante contribuya activamente a crear un ambiente alegre, acogedor, seguro y positivo para todos.
CAPÍTULO 1: IDENTIDAD Y FINALIDAD
Acuerdo 1. Naturaleza de la actividad
Los Campamentos El Reguero y los otros encuentros y actividades organizadas son actividades juveniles educativas y de tiempo libre promovidas por la Pastoral Juvenil-Vocacional de la Hermandad de Sacerdotes Operarios Diocesanos y el Instituto Discípulas de Jesús.
Las actividades se desarrollan desde una propuesta educativa inspirada en los valores del Evangelio, el acompañamiento personal, la vida en grupo, la responsabilidad compartida, la espiritualidad eucarística y vocacional y el crecimiento integral de niños, adolescentes y jóvenes.
El campamento forma parte de la acción pastoral y educativa de ambas instituciones y quiere favorecer experiencias de convivencia, fe, interioridad, servicio y discernimiento vocacional adaptadas a la edad de los participantes.
Acuerdo 2. Finalidades educativas
Las actividades propuestas buscan:
- Favorecer el crecimiento humano, afectivo, social y espiritual de los participantes.
- Promover experiencias de convivencia, fraternidad y servicio.
- Educar en la responsabilidad, el respeto y la participación.
- Facilitar experiencias de grupo y comunidad.
- Fomentar el cuidado de uno mismo, de los demás y del entorno.
- Crear espacios seguros, acogedores y libres de violencia.
- Favorecer relaciones sanas, la integración y la participación de todos.
- Acompañar a los jóvenes en su proceso personal, vocacional y de fe.
Acuerdo 3. Principios de convivencia
La convivencia en estas actividades se fundamenta en:
- El respeto a la dignidad de cada persona.
- La acogida y el cuidado mutuo.
- La participación activa en la vida del campamento y demás actividades.
- La corresponsabilidad.
- La resolución pacífica de conflictos.
- La educación desde el acompañamiento y no desde el castigo.
- La protección de menores y la creación de entornos seguros.
- El respeto a la diversidad personal y social.
CAPÍTULO 2: PARTICIPANTES
Acuerdo 4. Participantes
Pueden participar de las actividades propuestas:
- Los acampados / menores / jóvenes inscritos en la actividad (a partir de ahora, “destinatarios” y/o “acampados”).
- Los monitores y monitoras, animadores de la Pastoral Juvenil, cuando acudan en calidad de animadores de la actividad (a partir de ahora “animadores”).
- El equipo de coordinación.
- Los sacerdotes, religiosas y otros animadores.
- El personal de apoyo y colaboradores.
- Las familias, en aquello que les corresponda.
- Otros participantes admitidos por la coordinación del modo y manera que establezcan.
Acuerdo 5. Derechos de los participantes
Todos los participantes tienen derecho a:
- Ser tratados con respeto y dignidad.
- Participar en un ambiente seguro y libre de violencia.
- Ser escuchados y acompañados.
- Participar en las actividades del campamento/encuentro.
- Recibir un trato igualitario y no discriminatorio.
- Que se respete su intimidad y pertenencias.
- Recibir atención adecuada ante necesidades físicas, emocionales o sanitarias.
- Disfrutar de tiempos adecuados de descanso, higiene y alimentación.
- Comunicar cualquier situación que les preocupe o les haga sentirse inseguros.
Acuerdo 6. Deberes de los participantes
Todos los participantes deberán:
- Respetar a todas las personas del campamento/encuentro.
- Participar activamente en las actividades programadas.
- Seguir las indicaciones de animadores y coordinadores.
- Cuidar las instalaciones, materiales y naturaleza.
- Cumplir los horarios establecidos.
- Mantener una actitud adecuada de convivencia.
- Colaborar en los servicios y responsabilidades comunes.
- Respetar los espacios de silencio, descanso, reflexión, oración y celebración.
- Favorecer un ambiente positivo y de ayuda mutua.
- Expresar desacuerdos, conflictos o quejas de forma respetuosa y en los momentos adecuados.
- Evitar actitudes de aislamiento que dificulten la convivencia y la participación grupal.
CAPÍTULO 3: LAS NORMAS DE CONVIVENCIA
Acuerdo 7. Respeto interpersonal
1. Se exige un trato respetuoso entre todos los participantes.
2. No se permitirán:
- Insultos.
- Humillaciones.
- Burlas.
- Amenazas.
- Agresiones físicas.
- Conductas discriminatorias.
- Acoso o intimidación.
3. Se fomentará especialmente:
- El diálogo.
- La escucha.
- La empatía.
- La acogida.
- La integración de todos.
Acuerdo 8. Participación en la vida del campamento/encuentro
1. La participación en las actividades forma parte esencial del proyecto educativo.
2. Todos los destinatarios, siempre que no haya un impedimento justificado de la naturaleza que sea, deberán asistir y participar en:
- Juegos.
- Dinámicas.
- Servicios.
- Actividades de grupo.
- Celebraciones.
- Espacios de reflexión y oración.
3. La negativa reiterada a participar podrá ser considerada una alteración de la convivencia.
Acuerdo 9. Horarios y descansos
1. El cumplimiento de los horarios que la coordinación establezca en cada momento es obligatorio, independientemente de los cambios que estos puedan sufrir.
2. Se respetarán especialmente:
- Horas de descanso.
- Silencio nocturno.
- Horarios de comidas.
- Horarios de actividades.
3. Durante la noche no está permitido abandonar las tiendas, pabellones o habitaciones sin autorización, previa o en el momento, de los animadores y/o coordinadores.
Acuerdo 10. Uso de dispositivos electrónicos
1. El campamento/encuentro prioriza la convivencia presencial, la experiencia comunitaria y la desconexión de dispositivos que dificulten la relación con los demás.
2. El uso de teléfonos móviles, relojes inteligentes, altavoces u otros dispositivos electrónicos estará limitado según determine el equipo coordinador.
3. No está permitido, salvo lo establecido en las autorizaciones previas:
- Realizar fotografías o vídeos sin consentimiento.
- Difundir imágenes de otros participantes.
- Utilizar dispositivos durante actividades o momentos comunitarios sin autorización.
4. El equipo coordinador podrá custodiar temporalmente dispositivos cuando sea necesario para el buen funcionamiento de la actividad.
Acuerdo 11. Cuidado de instalaciones y entorno
1. Todos los participantes deberán cuidar:
- Tiendas.
- Pabellones.
- Baños.
- Comedor.
- Finca e instalaciones.
- Materiales.
- Entorno natural.
2. Cada participante colaborará en los servicios comunes asignados.
3. Queda prohibido deteriorar instalaciones, mobiliario o espacios naturales.
Acuerdo 12. Higiene y salud
1. Todos los participantes deberán mantener hábitos adecuados de higiene personal, alimentación y descanso.
2. Los monitores/animadores velarán y/o acompañarán, del modo y forma que establezca el equipo de coordinación y respetando los demás acuerdos del presente documento, por los momentos de:
- Ducha
- Orden de tiendas.
- Limpieza.
- Alimentación.
- Descanso.
- Hábitos saludables.
3. Toda medicación deberá ser comunicada previamente a la organización. Los participantes no podrán disponer de ningún tipo de medicamento, salvo casos extraordinarios aprobados por el equipo de coordinación.
4. El equipo de coordinación podrá limitar actividades por motivos sanitarios o de seguridad.
Acuerdo 13. Seguridad
1. Ningún destinatario podrá abandonar el recinto o el grupo sin autorización.
2. Se deberán seguir todas las indicaciones relativas a:
- Marchas.
- Piscina.
- Evacuaciones.
- Actividades nocturnas.
- Situaciones meteorológicas.
3. Se prohíben conductas que pongan en riesgo la seguridad propia o ajena.
Acuerdo 14. Sustancias prohibidas
Queda totalmente prohibido para los destinatarios:
- El consumo o tenencia de alcohol.
- El consumo o tenencia de tabaco o vapeadores.
- El consumo o tenencia de drogas u otras sustancias.
- El acceso a contenidos inapropiados.
Estas conductas serán consideradas faltas muy graves.
CAPÍTULO 4: LOS RESPONSABLES, EQUIPO EDUCATIVO
Acuerdo 15. Función educativa
Los animadores y coordinadores son educadores y referentes de convivencia.
Su tarea consiste en:
- Acompañar a los destinatarios.
- Garantizar la seguridad.
- Favorecer la integración y participación.
- Animar la vida de grupo.
- Corregir conductas inadecuadas desde una perspectiva educativa.
- Velar por el cumplimiento del presente documento.
Acuerdo 16. Deberes de animadores y coordinadores
Los miembros del equipo educativo deberán:
- Mantener una actitud ejemplar.
- Cumplir y hacer cumplir las normas.
- Actuar de forma coordinada.
- Evitar favoritismos o exclusiones.
- Cuidar el lenguaje y las formas.
- Garantizar el descanso y seguridad de todos los participantes.
- Participar activamente en reuniones y tareas organizativas.
- Comunicar incidencias relevantes al equipo de coordinación.
- Mantener, como equipo, la confidencialidad sobre situaciones personales de los destinatarios.
- Promover activamente una cultura de buen trato, respeto y protección.
- Conocer y aplicar los protocolos de protección de menores vigentes en la actividad.
- Conocer y aplicar el plan de evacuación y emergencias vigente en la actividad.
Acuerdo 17. Código de conducta para animadores y coordinadores
1. Los animadores, coordinadores y demás personas colaboradoras deberán mantener siempre una relación educativa, respetuosa y adecuada con los participantes, especialmente con los menores.
2. Quedan expresamente prohibidas:
- Las conductas humillantes, intimidatorias o degradantes.
- Los insultos, amenazas o burlas.
- Las novatadas o castigos vejatorios.
- Los contactos físicos inapropiados.
- Los comentarios discriminatorios.
- Las relaciones afectivas o sentimentales entre adultos y menores.
- La difusión de imágenes de menores sin autorización.
3. Las comunicaciones individuales con menores deberán realizarse, siempre que sea posible, en espacios visibles o accesibles para otros adultos.
4. En caso de ser necesario el contacto individual para la atención del menor, será en espacio abierto y visible o, de ser necesario en un espacio privado, con la presencia de otro responsable.
5. Ningún monitor compartirá habitación, tienda, baño o espacio de descanso con menores, salvo necesidad organizativa justificada y conocida por la coordinación.
6. Los monitores respetarán especialmente la intimidad de cubículos de duchas, vestuarios individuales, aseos y dormitorios, salvo lo necesario para la organización y el orden de la actividad y para el cuidado de los participantes.
7. Toda situación relevante, sospecha de maltrato, conducta inadecuada o posible vulneración de derechos deberá comunicarse inmediatamente al equipo coordinador o a la persona responsable de protección.
Acuerdo 18. Protección del menor
1. La organización asume el principio de tolerancia cero frente a cualquier forma de violencia, abuso, acoso o maltrato hacia menores y actuará conforme a la legislación vigente en materia de protección de menores.
2. Cualquier situación de violencia, acoso, riesgo, abuso y/o vulneración de derechos será comunicada inmediatamente a la coordinación.
3. La organización promoverá entornos seguros y de buen trato para todos los participantes.
4. Toda persona que participe como monitor, animador, coordinador, voluntario o colaborador en actividades con menores deberá:
- Presentar el certificado negativo del Registro Central de Delincuentes Sexuales.
- Conocer y aceptar el presente Documento de Convivencia y los protocolos de protección aplicables.
- Participar en las formaciones de protección y buen trato que determine la organización.
5. El director de la actividad, o quien figure como máximo responsable en cada una de ellas, actuará como responsable de protección que coordinará las actuaciones relacionadas con la protección de menores y la gestión de posibles incidencias, junto con el equipo de coordinación.
6. Cualquier sospecha, revelación o indicio de situación de abuso o maltrato será tratado conforme a los protocolos de protección vigentes y a la legislación aplicable.
7. La organización podrá adoptar medidas cautelares inmediatas para proteger a los menores y garantizar la seguridad del grupo.
CAPÍTULO 5: LAS FAMILIAS DE LOS DESTINATARIOS
Acuerdo 19. Relación con las familias
Las familias colaboran con el proyecto educativo del campamento/encuentro. Su participación implica:
- Conocer y aceptar este Documento de Convivencia.
- Facilitar información relevante sobre los destinatarios.
- Colaborar con el equipo educativo cuando sea necesario.
- Favorecer el cumplimiento de las normas.
- Mantener una comunicación respetuosa con la organización.
CAPÍTULO 6: ALTERACIONES DE LA CONVIVENCIA
Acuerdo 20. Principios generales
1. Toda corrección tendrá carácter educativo.
2. Se buscará siempre:
- La reflexión.
- La reparación.
- La responsabilidad.
- La reconciliación.
3. Las medidas adoptadas serán proporcionales a la conducta realizada.
4. Se tendrá en cuenta:
- Edad y madurez.
- Intencionalidad.
- Reiteración.
- Circunstancias personales.
Acuerdo 21. Conductas contrarias a la convivencia
A. Se consideran conductas leves:
- Desorden o falta puntual de colaboración
- Retrasos.
- Lenguaje inadecuado, que incluye cánticos o afirmaciones contrarias al Evangelio o a los principios constitucionales.
- Incumplimientos leves de horarios.
- Falta de cuidado del material.
- Interrupciones continuadas.
B. Se consideran conductas graves:
- Reiteración de conductas leves.
- Faltas de respeto importantes (las recogidas en el acuerdo 7).
- Desobediencia directa.
- Deterioro intencionado del material.
- Abandono del grupo sin permiso.
- Alteración grave de actividades.
- Uso indebido de dispositivos electrónicos.
C. Se consideran conductas muy graves:
- • Agresiones físicas.
- • Acoso o intimidación.
- • Conductas discriminatorias.
- • Robo.
- • Consumo o posesión de determinadas sustancias Acuerdo 14
- • Conductas sexuales inadecuadas.
- • Situaciones que comprometan la seguridad del grupo.
- • Reiteración de conductas graves.
Acuerdo 22. Medidas educativas y correctoras
1. Siempre que se dé una conducta contraria a la convivencia, deberá ser comunicada al equipo de Coordinación, que decidirá, de acuerdo con el presente documento, la medida a tomar.
2. Se escuchará siempre al participante implicado.
3. Las medidas adoptadas quedarán registradas por el equipo coordinador.
4. Deberá recogerse por escrito, especialmente en lo que determine la legislación de tiempo libre vigente.
5. Ante conductas leves podrán aplicarse:
- Aviso verbal.
- Reflexión personal.
- Petición de disculpas.
- Reparación del daño.
- Realización de tareas comunitarias.
6. Ante conductas graves podrán aplicarse:
- Comunicación a las familias.
- Limitación temporal de alguna actividad.
- Tareas reparadoras.
- Seguimiento específico.
7. Ante conductas muy graves podrán aplicarse:
- Reunión extraordinaria del equipo de coordinación y de alguno de los coordinadores con los afectados.
- Comunicación inmediata a las familias.
- Expulsión temporal, definitiva o en posteriores ediciones de la actividad. En este caso, la última palabra será de la titularidad de la actividad, oído el parecer del equipo de coordinación.
- Aplicación de protocolos de protección y seguridad.
CAPÍTULO 7: SEGURIDAD Y EMERGENCIAS
Artículo 23. Protocolos de seguridad
1. La organización contará, en cumplimiento de la legislación de tiempo libre vigente y cuando esta lo disponga, con protocolos y guías de actuación específicos relativos a:
- Evacuación.
- Incendios.
- Accidentes.
- Atención sanitaria.
- Piscina.
- Marchas y salidas.
- Protección de menores.
- Emergencias meteorológicas.
2. Todos los participantes deberán seguir las instrucciones del equipo de coordinación en caso de emergencia.
3. Todo lo relativo a planes de evacuación, emergencias y protocolos específicos de actuación quedará recogido, en cumplimiento de la legislación de tiempo libre vigente y cuando esta lo disponga, en el correspondiente Plan de Evacuación y Seguridad de la actividad, que se incorporará como anexo al presente documento.
DISPOSICIONES FINALES
Primera. La participación en las actividades implica la aceptación del presente Documento de Convivencia. Es la entidad titular y el equipo de coordinación quienes deciden si se cumplen los requisitos para la participación en cualquiera de las actividades.
Segunda. La organización podrá adoptar decisiones no contempladas expresamente en este documento cuando sea necesario para garantizar:
- La seguridad.
- La convivencia.
- El buen desarrollo educativo de la actividad.
- La protección de menores.
Tercera. Este Documento de Convivencia será revisable y podrá actualizarse para adecuarse a nuevas necesidades educativas, organizativas o legales.